A- de 2002
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Jairo Murillo Higuita
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Informalidad
- Inadmisión por ausencia formal y material de cargos
- Requisitos mínimos
- Presentación oportuna y grado mínimo de fundamentación
- No permite adicionar, complementar, aclarar o reformarla
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se confirmó en su integridad el proferido mediante el cual se rechazó la demanda interpuesta por el ciudadano de la referencia quien demandó la inexequibilidad del Art. 141 de la Ley 142 de 1994.
Lo anterior, la Corte advirtió que no se encontró argumentación, razonamiento o motivación alguna por parte del accionante que permita desestimar las consideraciones expuestas por el Magistrado Ponente, en el referido auto, por el contrario, el recurrente se limita a complementar el contenido de la demanda, a fin de corregir parte de las deficiencias expuestas por el Magistrado Sustanciador en el auto inadmisorio, de modo que, la falta de una verdadera argumentación que sirva de fundamento al recurso conlleva a que sea desestimado por la Corte.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- CONFIRMAR en su integridad el Auto de treinta y uno (31) de julio de 2002, proferido por el Magistrado Sustanciador Jaime Cordoba Trivino, mediante el cual se rechaza la demanda interpuesta por el ciudadano Jairo Murillo Higuita
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.